Contraloría - Dictamen N° 69396 2012
Ejército: No aplica indemnización personal a jornal
Abstracto
Dictamen 69396 de 2012. La CGR señala que extrabajadora a jornal del Ejército no tiene derecho a indemnización por años de servicio, al ser aplicable el DFL 1/97 (Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas) y no el Código del Trabajo.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Norma del Carmen Lapierre López (extrabajadora a jornal del Ejército)
- Materia: Improcedencia de pago de indemnización por años de servicio a personal a jornal del Ejército.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre derechos laborales tras el término de la relación laboral con el Ejército.
- Hechos relevantes: La interesada cesó sus funciones el 1 de septiembre de 2011, presentando una comunicación el 31 de agosto de 2011 manifestando su voluntad de poner término a la relación laboral, invocando el artículo 171 del Código del Trabajo.
III. MARCO NORMATIVO
- DFL N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional: Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, artículo 253, letra a).
- Código del Trabajo: Artículos 171 y 160, Nos 1, 5 y 7.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si corresponde el pago de indemnización por años de servicio a la recurrente, ex personal a jornal del Ejército.
- Argumentación CGR: El Código del Trabajo no es aplicable al personal a jornal, rigiéndose por el DFL N° 1 de 1997.
V. PRONUNCIAMIENTO
- No corresponde el pago de indemnización por años de servicio.
VII. RELACIÓN CON JURISPRUDENCIA
- Aplica los dictámenes Nos 6...
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