Contraloría - Dictamen N° 74983 2012
Abstención CGR cese concejal TER
Abstracto
Dictamen 74983 de 2012. La Contraloría General de la República se abstiene de pronunciarse sobre la cesación de un concejal por hechos contrarios a la probidad, al ser competencia del Tribunal Electoral Regional, según la ley 18695.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Alcalde de la Municipalidad de Lo Prado
- Materia: Competencia para pronunciarse sobre la cesación de un concejal por hechos contrarios a la probidad administrativa.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Presentación de hechos relacionados con el retiro de propaganda política y una posible infracción a las instrucciones impartidas por la Contraloría General de la República (CGR) durante las elecciones municipales pasadas por parte de un concejal.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley 19.884: Artículos 27 y 28, inciso 1, sobre Transparencia, Límite y Control de Gasto Electoral.
- Ley 18.695: Artículos 40, inciso 3; 76, letra f); 77 y 89, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la CGR es competente para pronunciarse sobre la eventual infracción al principio de probidad administrativa por parte de un concejal.
- Argumentación CGR: Los concejales no revisten la calidad de funcionarios públicos, por lo que no están sujetos a responsabilidad administrativa en los términos del artículo 28 de la ley 19.884. La competencia para conocer de la cesación de un concejal por contravenciones al principio de probidad administrativa recae en el Tribunal Electoral Regio...
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