Contraloría - Dictamen N° 2892 2013
Diploma no habilita asignaciones profesional
Abstracto
Dictamen 2892 del 15-I-2013. La CGR, ante consulta de funcionario del Servicio de Salud Concepción, determina que diploma de Agente Comercial y Viajante no permite acceder a asignación profesional ni técnica según DL 479/74 y ley 19.699.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: José Fernández Cabezas, funcionario del Servicio de Salud Concepción
- Materia: Diploma de agente comercial y viajante no habilita para asignaciones.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El recurrente consulta si su diploma de Agente Comercial y Viajante, otorgado por el Ministerio de Educación en 1973, le permite percibir asignación profesional.
- Hechos relevantes: El Ministerio de Educación informa que el título fue conferido como técnico de nivel medio.
III. MARCO NORMATIVO
- Decretos Leyes: DL 479/74, artículo 3°
- Leyes: Ley 19.699, artículo 2°
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el diploma de Agente Comercial y Viajante es suficiente para acceder a las asignaciones profesional y técnica.
- Argumentación CGR: El diploma no cumple con los requisitos de título profesional (DL 479/74) ni técnico de nivel superior (ley 19.699).
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: El título en análisis no es útil para percibir el emolumento en estudio.
- Criterios establecidos: Se requiere título profesional o técnico de nivel superior, según corresponda.
- Alcance: Caso específico del recurrente.
VII. RELACIÓN CON JURISPRUDENCIA
- Aplica Jurisprudencia:
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