Contraloría - Dictamen N° 357 2013
Desahucio exdocente municipal: Ley aplicable
Abstracto
Dictamen 357 de 2013. Exdocente Municipalidad de Lo Espejo solo tiene derecho a desahucio ley 11219, no al regulado en DFL 338/60. Se aplicó criterio contenido en dictamen 30.578/2009. IPS debe verificar requisitos y efectuar descuentos pertinentes.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Doña María Amparo Ledesma Ocares, ex profesora de las Municipalidades de Lo Espejo y de Pedro Aguirre Cerda.
- Materia: Determinación del régimen de desahucio aplicable a exdocente municipal.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pago del desahucio del artículo 102 y siguientes del DFL 338/60 o, en su defecto, el beneficio de la ley 11.219, por servicios prestados desde 1972.
- Hechos relevantes: La peticionaria registra dos líneas previsionales, una con el ex Ministerio de Educación Pública y la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda, y otra con la Municipalidad de Lo Espejo (1999-2011). El IPS le concedió una pensión en el régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.
- Documentación asociada: Resolución N° AP-370, de 2012, del IPS; expedientes de la interesada.
III. MARCO NORMATIVO
- DFL 338/60: Artículo 102 y siguientes.
- Ley 11219: Artículos 46 y 48.
- DFL 1/3063/80 INTER: Artículos 4 incisos 2 y 3 (versión anterior a la ley 18.196).
- Ley 18196: Artículo 15 y artículo 2° transitorio.
- DL 3500/80.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la exdocente tiene derecho al desahucio del DFL 338/60 o al de la ley 11.219, considerando su histori...
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