Contraloría - Dictamen N° 5858 2013

Improcedencia revisión pensión montepío extinguida

Abstracto

Dictamen N° 5858 de 2013. Se rechaza la solicitud de revisión de montepío de Guillermina Rosa Camilo Venegas, viuda de José Manteola Martínez, exfuncionario de la Secretaría General de Gobierno, por estar extinguido el derecho según el artículo 123 del DFL N° 338 de 1960, al haber transcurrido más de tres años desde su concesión en 1985.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Pedro Escobar Cáceres, en representación de Guillermina Rosa Camilo Venegas.
  • Materia: Solicitud de revisión de pensión de montepío.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Guillermina Rosa Camilo Venegas, viuda de don José Manteola Martínez, solicita un pronunciamiento sobre su derecho a reliquidar el montepío concedido en el régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.
  • Hechos relevantes: El Instituto de Previsión Social (IPS) informa que la interesada percibe un beneficio de sobrevivencia de $322.856 mensuales. El beneficio original fue concedido al causante mediante el decreto N° 2.942, de 1965, de la citada excaja.

III. MARCO NORMATIVO

  • DFL 338/60: Artículos 123 y 132.
  • DL 249/73: Fija la Escala Única de Sueldos.
  • DL 670/74.
  • DL 2448/78.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si procede la revisión de la pensión de montepío, considerando el tiempo transcurrido desde su otorgamiento.
  • Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) indica que la pensión de sobrevivencia se encuentra correctamente determinada. No obstante, el inciso tercero del artículo 123 del DFL N° 338, de 1960, establece un plazo de tres años para la revisión de ...

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