Contraloría - Dictamen N° 716 2013

Improcedencia traspaso cotizaciones AFP a CAPREDENA

Abstracto

El Dictamen N° 716 de 2013, de la Contraloría General de la República, rechaza la solicitud de reconsideración de María Eugenia Vega Tapia respecto al Dictamen N° 44.807 de 2012. Se confirma que no procede el traspaso a CAPREDENA de cotizaciones enteradas en AFP por un segundo período laboral en ASMAR.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: María Eugenia Vega Tapia, trabajadora de Astilleros y Maestranzas de la Armada (ASMAR).
  • Materia: Imposibilidad de traspasar a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA) cotizaciones enteradas en una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) por un segundo período laboral en ASMAR.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de reconsideración del Dictamen N° 44.807 de 2012.
  • Hechos relevantes: La recurrente se retiró de ASMAR en 1992 y reingresó en 2006.

III. MARCO NORMATIVO

  • Ley: Ley N° 18.458, artículos 2° y 3°.
  • Decreto Ley: DL N° 3.500 de 1980, DL N° 551 de 1974.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si procede el traspaso a CAPREDENA de las cotizaciones enteradas en AFP durante el segundo período laboral de la recurrente en ASMAR.
  • Argumentación CGR: La CGR ratifica el Dictamen N° 44.807 de 2012, señalando que la recurrente no cumple con los requisitos del artículo 2° de la Ley N° 18.458 para ser imponente de CAPREDENA, dado que existió solución de continuidad entre su primer y segundo período laboral en ASMAR. Por lo tanto, las cotizaciones del segundo período laboral fueron correctamente enteradas en el sistema del DL N° 3.500 de 1980.

V. PRONUNC...

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