Contraloría - Dictamen N° 11745 2013
Compatibilidad jubilación y pensión exonerados
Abstracto
Dictamen 11745 de 2013. Exonerada política tiene derecho a percibir jubilación de régimen normal y pensión no contributiva por gracia, siempre que cumpla requisitos y la jubilación no se eleve a pensión mínima según ley 15.386, artículo 26.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Marta de las Nieves Lara Norambuena (exonerada política)
- Materia: Compatibilidad entre jubilación de régimen normal y pensión no contributiva.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho a percibir una jubilación del ex Servicio de Seguro Social, junto con la pensión no contributiva que ya percibe.
- Hechos relevantes: La recurrente es exonerada política y percibe una pensión no contributiva por gracia desde el 1 de septiembre de 2003, otorgada por resolución exenta N° 495 de 2012 del ex Ministerio del Interior. Anteriormente, gozaba de una jubilación de régimen normal.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: Ley N° 19.234 (artículos 6, 15 y 16) sobre exonerados políticos; D.L. N° 3.500 de 1980; Ley N° 15.386 (artículo 26).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si una persona exonerada política puede percibir simultáneamente una jubilación de régimen normal y una pensión no contributiva.
- Argumentación CGR: La incompatibilidad establecida en el artículo 16 de la Ley N° 19.234 se refiere a beneficios previsionales concedidos sobre la base de imposiciones registradas hasta el 10 de marzo de 1990. Las cotizaciones posteriores a esa fecha pueden ser empleada...
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