Contraloría - Dictamen N° 13213 2013
Improcedencia revisión retiro extemporáneo Carabineros
Abstracto
Dictamen 13213 de 2013. División de Personal de la Administración del Estado. No procede revisar el retiro de exfuncionario de Carabineros por extemporaneidad de la petición, conforme al artículo 53 de la ley 19.880. El plazo de dos años para invalidar el acto está vencido.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Luciano Antúnez Castro, exfuncionario de Carabineros de Chile.
- Materia: Improcedencia de revisión de baja de exfuncionario de Carabineros por extemporaneidad.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre la legalidad de la baja del recurrente, ocurrida en 1998.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.880, artículo 53.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede la invalidación del acto de retiro del recurrente, atendiendo al tiempo transcurrido desde su dictación.
- Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) señala que, si bien antes de la ley N° 19.880 no existía un plazo para invalidar actos administrativos, el artículo 53 de dicha ley (en vigencia desde el 29 de mayo de 2003) establece un plazo de dos años para invalidar actos contrarios a derecho.
- Jurisprudencia administrativa: Se citan los dictámenes N° 23.804, de 1989, y N° 18.353, de 2009. El dictamen N° 18.353, de 2009, precisa que el plazo de dos años es de caducidad y no de prescripción.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: No procede la invalidación del acto de retiro del recurrente, por haber transcurrido el plazo de dos años establecido en el artículo 53...
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