Contraloría - Dictamen N° 13580 2013
Inmueble educacional no puede destinarse
Abstracto
Dictamen 13580 de 2013. Se pronuncia sobre la imposibilidad de destinar un inmueble municipal, transferido para fines educacionales bajo el DFL 1-3063/80, a un uso distinto. Confirma que debe mantenerse el destino original o restituirse al Fisco.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Concejala de la Municipalidad de Concepción
- Materia: Imposibilidad de destinar inmueble municipal a fines ajenos a los educacionales.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre la legalidad de un contrato de comodato entre la Municipalidad de Concepción y el Cuerpo de Bomberos respecto de un terreno transferido al municipio por el Ministerio de Educación.
- Hechos relevantes: El inmueble fue transferido al municipio en 1981 y utilizado como establecimiento educacional hasta 2002, fecha en que se decretó su cierre. Se pretende instalar una escuela de entrenamiento de bomberos y un preuniversitario en el terreno.
- Documentación asociada: Convenio de 2 de abril de 1981, resolución exenta N° 38 de la Secretaría Regional Ministerial de Educación del Bío-Bío.
III. MARCO NORMATIVO
- DFL 1-3063/80: Reglamenta la aplicación del inciso segundo del artículo 38 del DL 3063/79.
- DL 3063/79: Artículo 38, inciso 2, sobre Rentas Municipales.
- DL 1939/77: Artículo 87, sobre Adquisición, Administración y Disposición de Bienes del Estado.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: ¿Se ajusta a derecho la celebración de un contrato de comodato para destinar parte de un terreno muni...
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