Contraloría - Dictamen N° 7487 2013

Rechazo reliquidación pensión CAPREDENA, DGAC

Abstracto

Dictamen N° 7487 de 2013. Se rechaza solicitud de Augusto Llano Eck, pensionado de CAPREDENA, para reliquidar su pensión por desempeño en la DGAC posterior al dictamen 4348/2007, al estar afiliado al régimen del DL 3500/80. Aplica criterio sobre reincorporación al régimen previsional.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Augusto Llano Eck
  • Materia: Reliquidación de pensión de retiro en CAPREDENA por desempeño en DGAC.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de reliquidación de pensión de retiro en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA) por desempeño como profesor civil en la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).
  • Hechos relevantes: El solicitante es pensionado de CAPREDENA y se reincorporó a la DGAC. CAPREDENA rechaza la solicitud por estar afiliado al régimen previsional del DL 3500/80.

III. MARCO NORMATIVO

  • Leyes: ley N° 18.458, artículos 1°, 3° y 10; decreto ley N° 3.500, de 1980; decreto con fuerza de ley N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si un pensionado de CAPREDENA tiene derecho a reliquidar su pensión por servicios prestados en la DGAC con posterioridad a la emisión del dictamen N° 4348, de 2007.
  • Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) indica que el artículo 1° de la ley N° 18.458 restringe la aplicación del régimen previsional del DFL 1/68 (Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas) al personal específico, excluyendo a profesores civiles de la DGAC. El artículo 3° de la m...

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