Contraloría - Dictamen N° 15012 2013
Reintegro asignación turno percibida indebidamente
Abstracto
Dictamen 15012 de 2013. Rubén Roa Espinoza reclama pago de asignación de turno. Habiéndose otorgado el beneficio, se instruye requerir reintegro de sumas percibidas indebidamente, conforme al artículo 67 de la ley N° 10.336.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Rubén Roa Espinoza, funcionario del Complejo Hospitalario San José
- Materia: Reclamo por pago de asignación de turno.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El recurrente reclama el pago de la asignación de turno que, según indica, le correspondería por su desempeño en el Complejo Hospitalario San José.
- Hechos relevantes: El Complejo Hospitalario San José informa que a partir del 1 de junio de 2012, el peticionario comenzó a desempeñarse en un sistema de turnos rotativos, asignándole un cupo para percibir el emolumento, el cual le ha sido enterado desde esa fecha.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 10.336, artículo 67
- Reglamentos: DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, artículo 94.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Argumentación CGR: Se señala que el artículo 94 del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, establece el beneficio en consulta para el personal que indica, que labore efectiva y permanentemente en los turnos rotativos y en las condiciones que allí se detallan, para cuya percepción, además, se requiere la existencia de un cupo financiero, tal como se informó, entre otros, en el dictamen N° 26.037, de 2012.
- Jurisprudencia administrativa: Dictamen N° 26.037, de 2012.
V. PRONUNCIAMIENTO
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