Contraloría - Dictamen N° 21821 2013
Asignación pérdida caja versus fianza
Abstracto
Dictamen 21821 de 2013. Se determina que la asignación por pérdida de caja y la obligación de rendir fianza de fidelidad funcionaria derivan de supuestos distintos. Se confirma la procedencia de los descuentos por póliza de fianza.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Irene Sánchez González, exempleada del Hospital Clínico de la Universidad de Chile
- Materia: Descuentos por póliza de fianza de fidelidad funcionaria y asignación por pérdida de caja.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo por descuentos efectuados en remuneraciones por concepto de póliza de fianza, tras la suspensión del pago de la asignación por pérdida de caja.
- Hechos relevantes: La recurrente indica que desde 2004 se suspendió el pago de la asignación por pérdida de caja. El Hospital Clínico justifica los descuentos por fianza.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley 18.834: Artículo 98, letra a), sobre asignación por pérdida de caja; artículo 61, letra l), sobre obligación de rendir caución.
- Ley 10.336: Artículo 68, sobre caución para empleados que administran fondos o bienes del Estado.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar la procedencia de los descuentos por fianza de fidelidad funcionaria en relación con la suspensión de la asignación por pérdida de caja.
- Argumentación CGR: La obligación de rendir caución se deriva de supuestos distintos a los que hacen procedente la asignación por pérdida de caja.
- Jurisprudencia administrativa: Se cita el dictamen N° 37.685 de 2008.
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