Contraloría - Dictamen N° 26799 2013

Legalidad Informe Aduanas Vehículo sin Uso

Abstracto

Dictamen N° 26.799 de 2013. Don Luis Sanz Vega consulta sobre la legalidad del informe N° 7 del Servicio Nacional de Aduanas (2001) respecto al concepto de vehículo sin uso según la ley N° 18.483. Se concluye que el informe fue dictado dentro de las atribuciones del Servicio de Aduanas.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Luis Sanz Vega
  • Materia: Legalidad de informe del Servicio Nacional de Aduanas sobre el concepto de vehículo sin uso.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Don Luis Sanz Vega consulta sobre la legalidad del informe N° 7, de 2001, emitido por el Servicio Nacional de Aduanas, relativo al concepto de vehículo sin uso contenido en el artículo 1° de la ley N° 18.483, a fin de dar aplicación al artículo 21 de la misma normativa. El recurrente indica que el informe le ha impedido el libre ejercicio de su negocio de importación.
  • Hechos relevantes: El Director Nacional de Aduanas manifiesta que el concepto de “vehículo sin uso” consagrado en el artículo 1° de la ley N° 18.483 no significa que puedan tener más kilometraje que el estrictamente necesario para su traslado.
  • Documentación asociada: Informe N° 7 de 2001 del Servicio Nacional de Aduanas; Causa rol N°1.295-2003 de la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

III. MARCO NORMATIVO

  • Leyes: Ley N° 18.483, artículos 1° letra ñ) y 21; Decreto Ley N° 2.554, de 1979, artículo 1°; Decreto con Fuerza de Ley N° 329, de 1979, del Ministerio de Hacienda, artículo 4°, N° 7.
  • Código Civil: Artículo 22, inciso primero.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: De...

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