Contraloría - Dictamen N° 31361 2013
Término contrato docente municipalidad Santiago
Abstracto
Dictamen 31361 de 2013. Moisés Cid Concha reclama término de contrato docente. CGR señala que art. 87 de la ley 19070 no aplica a docentes municipales. Contratación es transitoria. No se advierte ilegalidad en término de contrato.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Moisés Cid Concha
- Materia: Legalidad del término de funciones de un docente contratado.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo de don Moisés Cid Concha, exdocente del Liceo Confederación Suiza, dependiente de la Dirección de Educación de la Municipalidad de Santiago, por el término de su relación laboral como contratado.
- Hechos relevantes: El contrato del reclamante finalizaba el 28 de febrero de 2013.
- Documentación asociada: Se requirió informe al municipio.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.070, artículos 25 y 87; Código del Trabajo, artículo 161.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el término del contrato del docente fue conforme a derecho.
- Argumentación CGR: El artículo 87 de la ley N° 19.070, invocado por el recurrente, es aplicable solo a los profesionales de la educación del sector particular. Los docentes contratados en el sector municipal se rigen por el artículo 25 de la ley N° 19.070, que define su carácter transitorio.
- Jurisprudencia administrativa: Se citan los dictámenes N° 13.230, de 2013 y N° 42.575, de 2011.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: No se advierte ilegalidad en la actuación de la Municipalidad de Santiago al dar t...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora