Contraloría - Dictamen N° 33416 2013

Rechazo pensión montepío hijo casado

Abstracto

Dictamen 33416 de 2013. DPA. Se rechaza solicitud de pensión de montepío de hijo discapacitado casado, por no cumplir requisitos del artículo 202 del DFL 1/68 (Ministerio de Defensa Nacional) que impide el beneficio a asignatarios casados.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Ramón Israel Meza Herrera
  • Materia: Solicitud de pensión de montepío para hijo discapacitado casado.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho a percibir pensión de montepío en calidad de hijo discapacitado mayor de edad de exsargento segundo de la Fuerza Aérea.

III. MARCO NORMATIVO

  • Ley: Ley N° 18.948, artículo 88 bis, inciso tercero.
  • Reglamentos: DFL N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, artículo 202; DFL N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, artículo final.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si el recurrente, en su calidad de hijo discapacitado casado, cumple los requisitos para acceder a la pensión de montepío.
  • Argumentación CGR: Si bien se acredita la calidad de hijo discapacitado, el artículo 202 del DFL N° 1, de 1968, establece que no tiene derecho a la pensión de montepío el asignatario que hubiere contraído matrimonio.

V. PRONUNCIAMIENTO

  • Decisión principal: El recurrente no tiene derecho a percibir la pensión de montepío solicitada.
  • Criterios establecidos: Se confirma el criterio de que el matrimonio es un impedimento para acceder a la pensión de montepío, conforme al artículo 202 del DF...

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