Contraloría - Dictamen N° 42505 2013
Improcedencia pago desahucio plazo vencido
Abstracto
Dictamen 42505 del 03-VII-2013. DPA consulta sobre pago de desahucio a sucesión de exonerado político fallecido en 1973. CGR determina que el beneficio fue liquidado en 1975, pero el plazo para su cobro está vencido según la ley 19.234.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: División de Personal de la Administración del Estado
- Materia: Improcedencia del pago de desahucio a sucesión de exonerado político por vencimiento del plazo.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pago de desahucio por parte del hijo de un exonerado político fallecido en 1973.
- Hechos relevantes: El señor Osvaldo Justo Aldo Salvo Flores fue declarado exonerado político por resolución N° 2.649, de 18 de mayo de 2000, del antiguo Ministerio del Interior, y se otorgó una pensión no contributiva a su cónyuge sobreviviente. El desahucio fue liquidado en 1975.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: Ley N° 19.234, artículo 19, inciso 1.
- DFL: DFL N° 338/60, artículo 102.
- Ley: Ley N° 19.881.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si corresponde el pago del desahucio solicitado por la sucesión del exonerado político.
- Argumentación CGR: El beneficio fue liquidado en 1975, y los plazos para impetrarlo están vencidos desde el 30 de junio de 2004, según la ley N° 19.881.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: No corresponde el pago del desahucio a la sucesión del señor Osvaldo Justo Aldo Salvo Flores.
- Criterios establecidos: El beneficio fue liquidado en 1975 y el plazo pa...
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