Contraloría - Dictamen N° 43747 2013
Reintegro a Carabineros es improcedente
Abstracto
Dictamen 43747 de 2013. Se rechaza solicitud de reintegro a Carabineros de Chile de exfuncionario calificado en Lista N°4. La evaluación anterior no obliga a la institución y el retiro absoluto impide la reincorporación según DFL 2/68 y decreto 5193/59.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Juan Antonio Díaz González, exfuncionario de Carabineros de Chile
- Materia: Solicitud de reintegro a Carabineros de Chile tras calificación en Lista N° 4.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El recurrente solicita su reintegro argumentando vicios en su calificación del año 2012, donde fue incluido en la Lista N° 4, de Eliminación.
- Hechos relevantes: El recurrente fue calificado en la Lista N° 4 en 2012, lo que implicó su alejamiento de la institución.
III. MARCO NORMATIVO
- DFL 2/68: Artículo 115, letra f), del Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, que establece la eliminación por evaluación deficiente como causal de retiro absoluto.
- Decreto 5193/59: Artículo 131, letra f), del Reglamento de Selección y Ascensos, que impide la reincorporación en caso de retiro absoluto.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar la procedencia del reintegro del recurrente a Carabineros de Chile, considerando su anterior calificación y normativa aplicable.
- Argumentación CGR:
- Un proceso calificatorio no es la instancia pertinente para impugnar un procedimiento disciplinario afinado (Dictamen N° 70.158, de 2012).
- Las calificaciones son independientes entre sí y no obligan a la auto...
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