Contraloría - Dictamen N° 47052 2013

Beca no computa liberación guardias

Abstracto

Dictamen 47052 de 2013. DPA. Labores de urgencia de becario no dan acceso a liberación de guardias. Aplica art. 44 ley 15076 y Dto. 507/90 MINSAL. CGR ratifica criterio, pues beca no es cargo público.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Patricio Adonis Parraguez
  • Materia: Labores de urgencia de becario y acceso a liberación de guardias.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de reconsideración de dictámenes previos que negaron el cómputo de labores de urgencia realizadas durante una beca para acceder al beneficio de liberación de guardias.

III. MARCO NORMATIVO

  • Ley: N° 15.076, artículo 44.
  • Reglamentos: Decreto N° 507, de 1990, del Ministerio de Salud, artículo 1°.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si las labores de urgencia cumplidas en calidad de becario son computables para acceder al beneficio de liberación de guardias contemplado en el artículo 44 de la ley N° 15.076.
  • Argumentación CGR: Para que el desempeño sea útil para la obtención del beneficio, no basta con realizar los trabajos, sino que deben ser ejecutados en virtud de las obligaciones que emanan del ejercicio de un cargo público. La especialización del recurrente fue dispuesta a través de una beca, sujeta a las disposiciones del decreto N° 507, de 1990, del Ministerio de Salud, que señala expresamente en su artículo 1° que tales labores no constituyen un cargo o empleo.
  • Jurisprudencia administrativa: Dictamen N° 79.394 de 2012.

##...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora