Contraloría - Dictamen N° 47512 2013
Improcedencia devolución diferencia entre pensiones
Abstracto
Dictamen 47512 de 2013. División de Personal de la Administración del Estado. No procede la devolución de la diferencia entre la pensión de régimen y la no contributiva, por gracia, conforme al artículo 16 de la ley 19.234, al ser incompatibles.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Raúl de los Ángeles Pérez Cabrera, extrabajador de la Pesquera Kon Tiki S.A.
- Materia: Improcedencia de la devolución de la diferencia entre pensión de régimen y no contributiva.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de devolución de la diferencia entre la pensión por invalidez del ex Servicio de Seguro Social y una pensión no contributiva, por gracia.
- Hechos relevantes: El recurrente optó por una pensión no contributiva otorgada por resolución exenta N° 287, de 2010, del antiguo Ministerio del Interior.
- Documentación asociada: Dictamen N° 39.707, de 2011, que responde al mismo requerimiento.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.234, artículo 16; Decreto Ley N° 3.500, de 1980.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede la devolución de la diferencia entre la pensión de régimen y la no contributiva.
- Argumentación CGR: Las pensiones de la ley N° 19.234 son incompatibles con cualquier otra proveniente de regímenes previsionales, con excepción de las concedidas conforme al decreto ley N° 3.500, de 1980. No pueden percibirse ambas pensiones simultáneamente.
- Jurisprudencia administrativa: Se ratifica el dictamen N° 39.707, de 2011.
V. PRONUNCIAMIENTO
- *...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora