Contraloría - Dictamen N° 47579 2013
Inaplicabilidad sanción Ministros Estado
Abstracto
Dictamen N° 47.579, de 2013, a solicitud del Prosecretario de la Cámara de Diputados, establece que el procedimiento administrativo sancionatorio del artículo 10 de la ley N° 18.918 no se aplica a los Ministros de Estado, sino al Subsecretario respectivo.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Prosecretario de la Cámara de Diputados
- Materia: Aplicabilidad del procedimiento administrativo sancionatorio del artículo 10 de la ley N° 18.918 a los Ministros de Estado.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de inicio de procedimiento administrativo sancionatorio contra los Ministros de Salud y de Desarrollo Social por no remitir información solicitada por diputados.
- Hechos relevantes: Diputados solicitan a la CGR iniciar procedimiento sancionatorio según artículo 10 de la ley N° 18.918 por falta de entrega de información requerida a los Ministros.
- Documentación asociada: Oficios Nos 7.083, 7.081 y 7.295, de 2012, remitidos por el Prosecretario de la Cámara de Diputados, con las presentaciones de los diputados señores Gabriel Silber Romo y Marcelo Díaz Díaz.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: Artículo 33.
- Leyes: Ley N° 18.918, artículos 9 y 10; Ley N° 20.477, artículo único, N° 13; Ley N° 18.575, artículos 1, 22, 23 y 24; Decreto Ley N° 1.028, de 1975, artículo 1.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el procedimiento administrativo sancionatorio contemplado en el artículo 10 de la ley N° 18.918 es aplicable a los Ministros de Estado.
- Argumentación CGR:...
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