Contraloría - Dictamen N° 49063 2013
Facultad municipal cambio nombre calles
Abstracto
Dictamen N° 49063 de 2013. Se pronuncia sobre la facultad municipal para cambiar nombre de calles y avenidas. Aplica criterio contenido en el dictamen 61826 de 2012. La denominación de bienes nacionales de uso público corresponde a los municipios, requiriéndose acuerdo del concejo.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Silvia Soto Acuña
- Materia: Facultades municipales para cambiar nombre de calles y avenidas.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento respecto a la facultad de las municipalidades para cambiar el nombre de calles y avenidas.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades:
- Artículo 5°, letra c).
- Artículo 79, letra k).
- Artículo 86, inciso segundo.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si las municipalidades están facultadas para cambiar el nombre de calles y avenidas.
- Argumentación CGR: La Contraloría General se remite a lo establecido en el dictamen N° 61.826, de 2012, señalando que la denominación de los bienes nacionales de uso público corresponde a los municipios, requiriéndose el acuerdo del respectivo concejo.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: La denominación de los bienes nacionales de uso público corresponde a los municipios, requiriéndose al efecto el acuerdo del respectivo concejo.
- Criterios establecidos: Para el acuerdo del concejo no se exige un quórum especial, bastando la mayoría absoluta de los concejales asistentes a la sesión, según el artículo 86, inciso segundo, de la ley N° 18....
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