Contraloría - Dictamen N° 51780 2013

Improcedencia bono ley 20.305

Abstracto

Dictamen 51780 de 2013. Doña Nancy Córdova Pizarro no tiene derecho al bono de la ley N° 20.305, por haber cesado en sus funciones por una causal distinta a las señaladas en el artículo quinto transitorio de dicha ley.

Resumen

SISTEMA DE RESUMEN DE DICTÁMENES CGR

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Nancy Córdova Pizarro
  • Materia: Improcedencia del bono de la ley N° 20.305 por causal de cese no contemplada

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud para determinar si la recurrente, exdocente de la Municipalidad de Ñiquén, tiene derecho al bono establecido en la ley N° 20.305.
  • Hechos relevantes: La Tesorería General de la República denegó el pago del bono a la interesada por incumplimiento de requisitos legales, al haberse desvinculado por salud irrecuperable o incompatible con el desempeño de sus funciones.

III. MARCO NORMATIVO

  • Leyes: Ley N° 20.305, artículo quinto transitorio; decreto ley N° 3.500, de 1980.
  • Reglamentos: Código del Trabajo, artículo 161, inciso 1.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si la recurrente tiene derecho al bono establecido en la ley N° 20.305, considerando la causal de su cese de funciones.
  • Argumentación CGR: La Contraloría General de la República señala que el artículo quinto transitorio de la ley N° 20.305 establece que pueden optar al bono quienes hayan cesado por renuncia voluntaria, obtención de pensión de vejez (decreto ley N° 3.500, de 1980), supresión del empleo o aplicación del artículo 161,...

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