Contraloría - Dictamen N° 53464 2013
JUNJI: Improcedencia Bonificación Retiro
Abstracto
Dictamen 53464 de 2013. Exfuncionaria JUNJI no tiene derecho a bonificaciones ley 20.648 por no cumplir requisitos legales, específicamente plazos de cese de funciones. Se aplican artículos 1, 4 y 5 de la ley 20.648.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Miriam Casas-Cordero Valenzuela, exfuncionaria de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI).
- Materia: Bonificaciones por retiro establecidas en la ley N° 20.648.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: La recurrente solicita un pronunciamiento que reconozca su derecho a obtener las bonificaciones previstas en la ley N° 20.648.
- Hechos relevantes: La exfuncionaria cesó en sus funciones por renuncia voluntaria antes del inicio del período establecido en la ley para acceder a las bonificaciones.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 20.648:
- Artículo 1°: Bonificación por retiro para funcionarias de la JUNJI que cumplan 60 años entre el 1 de agosto de 2010 y el 30 de junio de 2014, y que cesen por renuncia voluntaria en los plazos establecidos.
- Artículo 4°: Plazo especial para comunicar la decisión de cese para quienes cumplieron 60 años entre el 1 de agosto de 2010 y el 25 de enero de 2013.
- Artículo 5° y segundo transitorio: Bonificación adicional para quienes cesaron por renuncia voluntaria entre el 1 de julio de 2011 y el 25 de enero de 2013.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la exfuncionaria cumple con los requisitos legales para acceder a las bonificaciones por retiro...
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