Contraloría - Dictamen N° 58430 2013
Cese contrata por vencimiento plazo
Abstracto
Dictamen 58430 de 2013. La CGR indica que el cese de funciones a contrata por vencimiento del plazo no requiere comunicación ni justificación. La asignación del grado remuneratorio es facultad de la autoridad según la importancia de las funciones.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Doña María José Canales Gajardo, exfuncionaria de la Subsecretaría de Obras Públicas.
- Materia: Reclamo por no renovación de contrata y asignación de remuneración.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: La recurrente reclama contra la decisión de la Subsecretaría de Obras Públicas de no renovar su contrata.
- Hechos relevantes: La interesada se desempeñó en la Subsecretaría de Obras Públicas, en calidad de contrata, hasta el 31 de diciembre de 2012.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Artículo 153, inciso primero, de la ley N° 18.834.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Procedencia de la no renovación de la contrata y la asignación de remuneración.
- Argumentación CGR: El cumplimiento del plazo por el cual es designado a contrata un empleado, produce su inmediato cese. La autoridad determina la procedencia de su prórroga. Los cargos a contrata carecen de una posición remuneracional específica, de modo que la superioridad debe definir, según la importancia de las funciones, un grado en el escalafón pertinente.
- Jurisprudencia administrativa: Dictámenes Nos 53.621, 22.336, 17.043, 32.147, 20.450 y 53.275, todos de 2012 y 2013, de la CGR.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: El término de...
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