Contraloría - Dictamen N° 58887 2013

Bono Post Laboral y Renuncia Voluntaria

Abstracto

Dictamen 58887 de 2013. Exfuncionarias JUNJI no tienen derecho al bono post laboral de la ley 20.305 por renunciar voluntariamente antes de los 60 años, sin acogerse a la jubilación anticipada por trabajos pesados según el artículo 68 bis del DL 3500.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Nolvia Hernández Santander y Guacolda Salvo Taboada, exfuncionarias de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI).
  • Materia: Solicitud de bono post laboral establecido en la ley N° 20.305.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Las recurrentes solicitan un pronunciamiento respecto a su derecho a percibir el bono de la ley N° 20.305, argumentando haber cesado en sus funciones antes de cumplir 60 años, pero habiendo cotizado por trabajos pesados.
  • Hechos relevantes: Las solicitantes se desvincularon de la JUNJI por renuncia voluntaria antes de cumplir los 60 años.

III. MARCO NORMATIVO

  • Ley: Ley N° 20.305, artículo 2°, numeral cuarto y artículo 13.
  • Decreto Ley: Decreto Ley N° 3.500, de 1980, artículo 68 bis.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si las exfuncionarias tienen derecho al bono post laboral de la ley N° 20.305, considerando su renuncia voluntaria antes de cumplir los 60 años y sus cotizaciones por trabajos pesados.
  • Argumentación CGR: Para optar al bono, la ley exige tener 60 años, salvo que se acceda a la pensión de vejez anticipada por trabajos pesados según el artículo 68 bis del DL N° 3.500. Al haber renunciado voluntariamente antes de cumplir los 60 años, no...

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