Contraloría - Dictamen N° 59857 2013
Destinación funcionarios labores propias cargo
Abstracto
Dictamen N° 59.857 de 2013. Se pronuncia sobre la destinación de un funcionario de Chiledeportes al recinto vacacional de Algarrobo. Aplicación de los artículos 46 de la ley 18.575 y 73 de la ley 18.834. Se establece que la destinación es una facultad del jefe superior del organismo.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Álvaro Muñoz Marín, Presidente de la Asociación Nacional de Funcionarios de Chiledeportes, en representación de don Manuel Aravena Cruzat.
- Materia: Destinación de funcionario a cumplir labores propias de su cargo en cualquier localidad.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo contra la destinación de Manuel Aravena Cruzat al recinto vacacional de Algarrobo, alegando acoso laboral.
- Hechos relevantes: El organismo indica que la destinación se debe a la vacancia del puesto de administrador, concurso desierto y la experiencia del afectado.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 18.575, artículo 46, inciso tercero; Ley N° 18.834, artículo 73.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar la legalidad de la destinación del funcionario al recinto vacacional y si constituye acoso laboral.
- Argumentación CGR: La destinación es una facultad del jefe superior del organismo para el desempeño de labores propias del cargo. Se aplica el criterio del dictamen N° 13.822 de 2012.
- Jurisprudencia administrativa: Se cita el dictamen N° 13.822 de 2012, que establece la atribución del jefe de servicio para ordenar los traslados del personal.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: No se aprecia...
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