Contraloría - Dictamen N° 74901 2013
Prescripción asignación ley 19490 funcionarios
Abstracto
Dictamen 74901 de 2013. La CGR determina que el derecho al pago de la asignación del artículo 1° de la ley 19.490 prescribe en seis meses desde que se hizo exigible. Aplica jurisprudencia sobre ascensos y pago retroactivo, pero declara prescripción por solicitud tardía.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Lucía Gaete Moya, funcionaria del Hospital Roberto del Río.
- Materia: Prescripción del derecho al pago de la asignación establecida en el artículo 1° de la ley N° 19.490.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo por el pago de diferencias en la asignación del artículo 1° de la ley N° 19.490, tras ascensos en años anteriores.
- Hechos relevantes: Las recurrentes solicitan el pago de las diferencias entre la fecha de las vacantes y octubre de 2012, momento en que se les enteraron las remuneraciones derivadas de dichos ascensos. Las presentaciones reclamando el pago se efectuaron en septiembre de 2013.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: N° 19.490, artículo 1° (asignación); N° 18.834, artículos 99 y 98 letra f) (prescripción de estipendios).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el derecho al cobro de las diferencias de la asignación establecida en el artículo 1° de la ley N° 19.490 se encuentra prescrito.
- Argumentación CGR: El derecho al cobro de estipendios contemplados en leyes especiales prescribe en el plazo de seis meses contados desde la fecha en que se hizo exigible, según el artículo 99 de la ley N° 18.834, en relación con el artículo 98, letra f), del mismo cuerpo legal. Las...
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