Contraloría - Dictamen N° 76399 2013
Sueldo suplente no es retroactivo
Abstracto
El Dictamen 76399 de 2013, de la Contraloría General de la República, señala que un funcionario suplente no tiene derecho al pago retroactivo de remuneraciones por el ascenso del titular del cargo, si su suplencia terminó antes de la fecha del ascenso.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Rodrigo Astudillo Cisterna, funcionario de la Defensoría Penal Pública
- Materia: Improcedencia del pago retroactivo de remuneraciones a funcionario suplente tras ascenso del titular.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El recurrente reclama el pago de la diferencia de remuneraciones que considera le correspondería por la suplencia que ejerció, tras el ascenso del titular del cargo.
- Hechos relevantes: El recurrente se desempeñó como suplente entre el 4 de enero de 2010 y el 31 de octubre de 2011. La resolución que dispuso el ascenso del titular es del 23 de abril de 2012.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 18.834, artículos 4° y 59.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si un funcionario que se desempeñó como suplente tiene derecho al pago retroactivo de remuneraciones derivado del ascenso del titular, cuando la suplencia finalizó antes de la fecha del ascenso.
- Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) señala que, de acuerdo con el artículo 4° de la ley N° 18.834, los suplentes tienen derecho a percibir la remuneración de la plaza que sirven cuando el titular no goza de dichas rentas. Sin embargo, aplicando el artículo 59 del Estatuto Administrativo, en ...
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