Contraloría - Dictamen N° 77182 2013
Prescripción asignación ley 19490
Abstracto
Dictamen 77182 de 2013. División de Personal de la Administración del Estado. Prescripción del derecho al pago de la asignación del artículo 1° de la ley N° 19.490. El plazo de prescripción es de seis meses desde que se hizo exigible.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Ricardo Silva Silva, funcionario del Hospital Clínico San Borja Arriarán
- Materia: Prescripción del derecho al pago de la asignación establecida en el artículo 1° de la ley N° 19.490
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo por el pago de diferencias de la asignación regulada en el artículo 1° de la ley N° 19.490, tras ascensos del recurrente.
- Hechos relevantes: El recurrente fue ascendido en tres oportunidades y reclama el pago de las diferencias salariales correspondientes a los períodos entre las vacantes y el pago efectivo de las remuneraciones.
- Documentación asociada: Presentación del reclamante en septiembre de 2013.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: Ley N° 19.490, artículo 1° (asignación reclamada); Ley N° 18.834, artículos 99 y 98 letra f) (prescripción de emolumentos).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el derecho al cobro de las diferencias de la asignación se encuentra prescrito.
- Argumentación CGR: El derecho al cobro de emolumentos contemplados en leyes especiales prescribe en seis meses desde que se hizo exigible, según el artículo 99 de la ley N° 18.834, en relación con el artículo 98, letra f), del mismo cuerpo legal.
- Jurisprudencia administrativa: Se ...
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