Contraloría - Dictamen N° 80317 2013
Improcedencia defensa alcalde con honorarios
Abstracto
Dictamen 80317 de 2013. La CGR desestima solicitud de reconsideración de contratación a honorarios de abogado para defensa de alcalde y funcionarios de la Municipalidad de Tortel, al no cumplir requisitos del artículo 88 de la ley 18.883.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Municipalidad de Tortel
- Materia: Improcedencia de contratación a honorarios de abogado para defensa de alcalde y funcionarios.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de reconsideración del Informe de Investigación Especial N° 7, de 2013, de la Contraloría Regional de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, que objetó el gasto de $4.400.000 por pagos a abogado Eduardo Salomón Lillo.
- Hechos relevantes: La Municipalidad de Tortel alega que la contratación se efectuó en el marco del derecho a defensa de los funcionarios, según el artículo 88 de la ley N° 18.883, y como manifestación de la garantía del artículo 19, N° 3, de la Constitución Política.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: Artículo 19, N° 3.
- Leyes: Ley N° 18.883, artículo 88.
- Reglamentos: No se mencionan.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la contratación de un abogado para defender al alcalde y otros funcionarios municipales se ajusta a lo dispuesto en el artículo 88 de la ley N° 18.883.
- Argumentación CGR: La CGR señala que el artículo 88 de la ley N° 18.883 requiere que exista un atentado contra la vida o integridad corporal de los funcionarios, o que estos hayan sido injuriados o calumniados ...
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