Contraloría - Dictamen N° 82442 2013
Personal ley 19.378 afiliación Bienestar
Abstracto
Dictamen 82442 de 2013. La CGR determina que, tras la ley 20.647, todo el personal regido por la ley 19.378 tiene derecho a incorporarse al sistema de prestaciones de la ley 19.754, ya sea al servicio existente o creando uno propio.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Alcaldesa de la Municipalidad de Renca
- Materia: Afiliación al Servicio de Bienestar del personal regido por la ley N° 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, tras la modificación introducida por la ley N° 20.647.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: La alcaldesa consulta sobre la posibilidad de afiliar al Servicio de Bienestar a los trabajadores de la Corporación Municipal de Educación y Salud de Renca, regidos por la ley N° 19.378, a partir del 8 de enero de 2013, fecha de entrada en vigencia de la ley N° 20.647.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución:
- Leyes: ley N° 20.647, ley N° 19.754, DFL N° 1-3.063 de 1980 (artículo 12), ley N° 10.336 (artículo 25), ley N° 18.695 (artículo 136), ley N° 19.378 (artículo 2 letra a), ley N° 15.076, ley N° 19.070
- Reglamentos:
- Normativa especial:
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si, a partir de las modificaciones introducidas por la ley N° 20.647 a la ley N° 19.754, el personal regido por la ley N° 19.378 puede afiliarse al Servicio de Bienestar municipal.
- Argumentación CGR: La CGR señala que, con anterioridad a la ley N° 20.647, la ley N° 19.754 solo permitía otorgar prestaciones de bienestar a funcionarios de plan...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora