Contraloría - Dictamen N° 82933 2013
Confirma plazo invalidación actos administrativos
Abstracto
Dictamen 82933 de 2013. Se confirma dictamen 68298/2013 que indica que la Administración posee un plazo de dos años, según la ley 19.880, para invalidar actos emitidos en contravención a la ley. Se rigen por DFL 1/97 (DFEN).
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Milton Avelino Almarza Riquelme, exfuncionario de la Fuerza Aérea
- Materia: Plazo para invalidar actos administrativos contrarios a la ley.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de reconsideración del dictamen N° 68.298, de 2013.
- Hechos relevantes: El dictamen N° 68.298, de 2013, señaló que la Fuerza Aérea no puede invalidar el acto que se requiere, por haber transcurrido el plazo de dos años establecido en la ley N° 19.880.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: Ley N° 19.880, artículo 53, inciso primero; Ley N° 18.834, artículo 120.
- Reglamentos: DFL N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede la reconsideración del dictamen N° 68.298, de 2013, respecto al plazo para invalidar actos administrativos en la Fuerza Aérea.
- Argumentación CGR: Se indica que el artículo 120 de la ley N° 18.834 no es aplicable a los oficiales de la Fuerza Aérea, quienes se rigen por el DFL N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: Se confirma el dictamen N° 68.298, de 2013.
- Criterios establecidos: La Administración posee un plazo de dos años...
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