Contraloría - Dictamen N° 1983 2014
Improcedencia reembolso gastos beneficio sala cuna
Abstracto
Dictamen 1983 de 10-I-2014, a solicitud de funcionaria de la PDI, establece que no procede el reembolso de gastos por concepto del beneficio de sala cuna no utilizado, conforme al artículo 203 del Código del Trabajo y dictámenes previos.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Carola Gabriela Coopman Ávila, funcionaria de la Policía de Investigaciones de Chile.
- Materia: Improcedencia de reembolso de gastos por beneficio de sala cuna no utilizado.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre si procede reembolsar gastos incurridos por el beneficio de sala cuna no utilizado.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: Artículos 6° y 7°.
- Leyes: Artículo 203 del Código del Trabajo.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede el reembolso de gastos por concepto de sala cuna no utilizada a una funcionaria de la PDI.
- Argumentación CGR: La CGR se basa en el artículo 203 del Código del Trabajo, que establece las formas en que el empleador cumple con la obligación de proporcionar el beneficio de sala cuna. Se indica que el servicio no tiene facultades para reembolsar gastos ya efectuados por este derecho.
- Jurisprudencia administrativa: Dictamen N° 53.496, de 2011 y oficio N° 38.748, de 2013, de la Contraloría General de la República.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: No procede que la Policía de Investigaciones de Chile reembolse a la señora Coopman Ávila los gastos en que incurrió por el beneficio de sala cuna no uti...
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