Contraloría - Dictamen N° 2856 2014
Directores Regionales presiden Juntas Calificadoras
Abstracto
Dictamen N° 2856 de 2014. Se determina que los Directores Regionales de Gendarmería, dada su jerarquía y potestad de mando según el DL 2859/79, deben integrar y presidir las Juntas Calificadoras Regionales, conforme a la ley 18834.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Don Rodrigo Videla Muñoz, presidente de la Directiva Regional de la Asociación Nacional de Directivos, Profesionales, Técnicos, Administrativos y Auxiliares de Gendarmería de Chile, Región de La Araucanía.
- Materia: Integración y presidencia de las Juntas Calificadoras Regionales por parte de los Directores Regionales de Gendarmería.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Se consulta si procede que las Juntas Calificadoras Regionales del personal regido por la ley N° 18.834 estén integradas y presididas por el Director Regional correspondiente, aun cuando no posean el grado remuneratorio más alto.
- Hechos relevantes: El recurrente expone que, dado que el director regional es la máxima autoridad de las sedes regionales, procede que éste conforme y presida los órganos evaluadores en cuestión.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: No se menciona.
- Leyes: Ley N° 18.834, artículo 35, inciso cuarto.
- Reglamentos: Decreto N° 1.825, de 1998, del ex Ministerio del Interior, artículo 22, inciso final.
- Normativa especial: Decreto ley N° 2.859, de 1979, artículos 4 y 12A.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si los Directores Regionales de Gendarmería deben integrar y presidir las Juntas...
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