Contraloría - Dictamen N° 3653 2014
Improcedencia bono ley 19992
Abstracto
Dictamen 3653 de 2014. Agrupación de Exonerados Políticos y Luis Segundo Portilla Peralta solicitan pago de bono ley 19.992. CGR determina que, al haber percibido una suma total en razón de la pensión de reparación superior al monto del bono, no procede pago.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Agrupación de Exonerados Políticos y Luis Segundo Portillo Peralta
- Materia: Improcedencia del pago del bono establecido en la ley N° 19.992.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento relativo al pago del bono de $3.000.000 contemplado en la ley N° 19.992.
- Hechos relevantes:
- Luis Segundo Portilla Peralta es titular de una pensión no contributiva desde el 1° de septiembre de 1998.
- Se le otorgó una pensión de reparación de la ley N° 19.992 desde el 1 de febrero de 2005.
- El recurrente optó por la pensión no contributiva, dejándose sin efecto su pensión de reparación mediante resolución de 3 de julio de 2012.
III. MARCO NORMATIVO
- ley 19992 art/2 inc/2
- ley 19234
- ley 19582
- ley 19881
- ley 19992 art/2 inc/3
- ley 19992 art/2 inc/4
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el recurrente tiene derecho al pago del bono establecido en la ley N° 19.992.
- Argumentación CGR:
- El inciso segundo del artículo 2° de la ley N° 19.992 establece la incompatibilidad de la pensión de reparación con las jubilaciones otorgadas por las leyes Nos. 19.234, 19.582 y 19.881.
- El inciso tercero del citado artículo 2° de la ley N° 19.992 agrega que aquellas persona...
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