Contraloría - Dictamen N° 459 2014
Improcedencia destinación docente Municipalidad San Pedro
Abstracto
Dictamen 459 de 2014. Se pronuncia sobre la improcedencia de la destinación de un docente de la Municipalidad de San Pedro por no cumplir con los requisitos del artículo 42 de la ley 19.070, ordenando su reintegro. Se abstiene de pronunciarse sobre cobro de prestaciones por demanda judicial en curso.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Lindor Landa Farías, profesor de la Municipalidad de San Pedro.
- Materia: Improcedencia de destinación de docente por incumplimiento de requisitos legales.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo contra la destinación del docente desde la escuela rural Atalicio Aguilar Armijo a la Escuela G N° 126, Loica Arriba, ambas de la Municipalidad de San Pedro, por considerar que le produjo menoscabo laboral y económico.
- Hechos relevantes: El traslado fue dispuesto por el decreto N° 295, de 2013, para cumplir tareas como profesor de educación básica a partir del 1 de marzo de ese año y por tiempo indefinido.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley 19.070: Artículo 42, inciso primero (destinaciones); artículo 22 (adecuaciones a la dotación docente).
- Ley 10.336: Artículo 6, inciso tercero (abstención por judicialización).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la destinación del docente se ajustó a los requisitos establecidos en el artículo 42 de la ley N° 19.070, en relación con el artículo 22 del mismo cuerpo legal y el Plan Anual de Desarrollo Educativo Municipal.
- Argumentación CGR: La destinación debe obedecer a la fijación o adecuación anual de la dotación, ejecutada de acuerdo a lo previsto en ...
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