Contraloría - Dictamen N° 10007 2014
Pensión exonerado político correctamente calculada
Abstracto
Dictamen N° 10.007 de 2014, a solicitud de exonerado político, determina que su pensión no contributiva está correctamente calculada y es superior al beneficio de régimen normal, incluyendo el incremento del artículo 12 de la ley N° 19.234.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: José Ángel Morales Insulza, exonerado político de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas
- Materia: Revisión de cálculo de pensión no contributiva.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El recurrente solicita revisión de su situación previsional, alegando que la pensión concedida en el régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas no se vio aumentada con el abono de tiempo, por gracia, otorgado por el decreto exento N° 50, de 1996, del ex Ministerio del Interior.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.234, artículos 16 y 12.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la pensión no contributiva del recurrente fue correctamente calculada y si el abono de tiempo por gracia debe aplicarse al beneficio de régimen normal.
- Argumentación CGR: Se constata que ambos beneficios (pensión de antigüedad y pensión no contributiva) fueron correctamente determinados según la normativa aplicable, siendo la pensión no contributiva la más favorable para el recurrente. El abono de tiempo solo puede aplicarse al beneficio de régimen normal, ya que la pensión no contributiva incorpora el incremento del inciso noveno del artículo 12 de la ley N° 19.234.
V. PRONUNCIAMIENTO
- *De...
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