Contraloría - Dictamen N° 12576 2014
Reclamo indemnización ley 19070 improcedente
Abstracto
Dictamen 12576 de 2014. María Elena Burboa Queirolo solicita saldo pendiente de indemnización (artículo 2° transitorio ley 19070). CGR desestima petición, aplicando dictamen 32804/2012, que determinó pago correcto de 5 meses según tiempo computable.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: María Elena Burboa Queirolo, exdocente de la Municipalidad de Rinconada
- Materia: Tiempo computable para indemnización del artículo 2° transitorio de la ley N° 19.070.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pago del saldo pendiente de la indemnización establecida en el artículo 2° transitorio de la ley N° 19.070.
- Hechos relevantes: La reclamante se integró a la dotación docente de la Municipalidad de Rinconada el 1 de julio de 1986.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.070, artículo 2° transitorio.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si corresponde el pago del saldo pendiente de la indemnización solicitada por la recurrente.
- Argumentación CGR: La Contraloría General de la República ya se pronunció sobre este caso mediante el dictamen N° 32.804, de 2012, concluyendo que el pago efectuado por la Municipalidad de Rinconada se ajustó a derecho, ya que el monto a percibir por la actora, era equivalente a cinco meses de remuneraciones, que corresponden al período entre el 1 de julio de 1986 y el 1 de julio de 1991, fecha de entrada en vigencia de la ley N° 19.070.
- Jurisprudencia administrativa: Dictamen N° 32.804, de 2012.
V. PRONUNCIAMIENTO
- *Decisión princi...
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