Contraloría - Dictamen N° 13768 2014
Pensión exonerado político se ajusta a normativa
Abstracto
Dictamen 13768 de 2014. DPA. Pensión no contributiva de gracia a exonerado político de LAN se ajusta a derecho según art. 132 del DFL 338/60 y art. 12 inc. 3 de la ley 19234. Se ratifican oficios anteriores.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Jorge Balmaceda Morales (representante de Fidel Peña Carvajal)
- Materia: Reliquidación de pensión no contributiva de gracia a exonerado político.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de reliquidación de pensión no contributiva de gracia, aplicando el artículo 132 del DFL N° 338, de 1960.
- Hechos relevantes: El Sr. Peña Carvajal es un extrabajador de la ex Línea Aérea Nacional, exonerado político. Se han presentado solicitudes anteriores.
- Documentación asociada: Oficios N° 64.704, de 2010, y N° 4.488, de 2013, de la Contraloría General de la República.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.234, artículo 12, inciso 3.
- Reglamentos: Decreto con Fuerza de Ley N° 338, de 1960, artículo 132.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede la reliquidación de la pensión no contributiva de gracia del Sr. Peña Carvajal, aplicando el artículo 132 del DFL N° 338, de 1960.
- Argumentación CGR: La pensión se determinó correctamente según el artículo 132 del DFL N° 338, de 1960 y el inciso tercero del artículo 12 de la ley N° 19.234. El grado de asimilación asignado al interesado a marzo de 1990 es el 12° de la escala única de sueldos.
- Jurisprudencia administrativa: Dict...
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