Contraloría - Dictamen N° 15383 2014
Superintendencia calcula tasa reemplazo bono
Abstracto
Dictamen 15.383 de 2014. La Contraloría General de la República establece que corresponde a la Superintendencia de Pensiones el cálculo y revisión de la tasa de reemplazo líquida para la obtención del bono de la ley N° 20.305.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Doña Anelva Fredes Abarca, exfuncionaria del Servicio de Salud Viña del Mar – Quillota
- Materia: Cálculo y revisión de la tasa de reemplazo líquida para la obtención del bono de la ley N° 20.305.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de revisión del cálculo de la tasa de reemplazo líquida (76.03%) realizado por la Superintendencia de Pensiones para acceder al bono de la ley N° 20.305, que requiere un porcentaje igual o inferior a 55%.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 20.305: Artículo 3°, inciso 1, modificado por el artículo 35, número 1, letra a), de la ley N° 20.403.
- Ley N° 20.403: Artículo 35, número 1, letra a).
- Ley N° 19.880: Artículo 14, inciso 2.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar la entidad competente para el cálculo y revisión de la tasa de reemplazo líquida para acceder al bono de la ley N° 20.305.
- Argumentación CGR: La Contraloría General de la República señala que, de acuerdo con el artículo 3°, inciso primero, de la ley N° 20.305, modificado por el artículo 35, número 1, letra a), de la ley N° 20.403, el jefe superior del servicio debe requerir a la Superintendencia de Pensiones la estimación de la tasa de reemplazo líquida del trabajador. A su vez, el i...
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