Contraloría - Dictamen N° 15388 2014
Término Contrato por no Idoneidad Sicológica
Abstracto
Dictamen N° 15.388 de 2014. Se pronuncia sobre la procedencia del término de la relación laboral de un asistente de la educación de la Municipalidad de Recoleta por no acreditar idoneidad sicológica, conforme al artículo 3° de la ley N° 19.464.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Mario Domínguez Lira, ex asistente de la educación de la Municipalidad de Recoleta.
- Materia: Procedencia del término de la relación laboral de asistente de la educación por falta de idoneidad sicológica.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo por el cese de servicios dispuesto por la Municipalidad de Recoleta a contar del 16 de septiembre de 2013, debido a la reprobación del examen de idoneidad sicológica.
- Hechos relevantes: El recurrente fue contratado a plazo fijo hasta el 31 de diciembre de 2013. En mayo de 2013, se le envió al Servicio de Salud Metropolitano Norte para evaluación.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.464, artículo 3°, inciso final (incorporado por la Ley N° 20.244, artículo 1°, N° 3, letra c).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la Municipalidad de Recoleta actuó correctamente al poner término a la relación laboral del recurrente por no acreditar la idoneidad sicológica.
- Argumentación CGR: Se basa en el dictamen N° 7.538, de 2014, que establece que la idoneidad sicológica es un requisito esencial no solo para el ingreso, sino también para la permanencia en un cargo público.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: La Contraloría General...
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