Contraloría - Dictamen N° 24886 2014
Derecho bono post laboral invalidez
Abstracto
Dictamen 24886 de 2014. Exfuncionaria de la Municipalidad de Los Ángeles tiene derecho al bono post laboral de la ley 20.305, artículo 12, tras obtener pensión de invalidez y cumplir 60 años, siempre que cumpla los demás requisitos legales.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Doña Dora del Carmen Henríquez Placencia, exfuncionaria de la Municipalidad de Los Ángeles.
- Materia: Bono post laboral para exfuncionaria municipal con pensión de invalidez.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho a percibir el bono post laboral de la ley N° 20.305, artículo 12, denegado por la Tesorería General de la República.
- Hechos relevantes:
- La recurrente obtuvo pensión de invalidez.
- La Superintendencia de Pensiones confirmó la procedencia de la pensión de invalidez.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 20.305: Artículos 1° y 2° (establecen el bono post laboral y sus requisitos generales).
- Ley N° 20.305: Artículo 12 (regula el acceso al bono para pensionados por invalidez).
- Decreto Ley N° 3.500, de 1980.
- Ley N° 20.255.
- Ley N° 18.883: Artículo 149.
- Decreto N° 57, de 1990, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social: Artículo 31.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la exfuncionaria de la Municipalidad de Los Ángeles tiene derecho a percibir el bono post laboral previsto en el artículo 12 de la ley N° 20.305.
- Argumentación CGR:
- La recurrente se encuentra en el supuesto del artículo 12 de la ley N° 20....
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