Contraloría - Dictamen N° 30217 2014
Improcedencia restitución Fondo Revalorizador Pensiones
Abstracto
Dictamen 30217 de 2014. CAPREDENA. La ley 20.303 no contempla restitución de cotizaciones al Fondo Revalorizador de Pensiones para personal de tropa profesional retirado. Se precisa que no procede extender el reintegro a esos aportes, requiriéndose modificación legal. Aplica criterio sobre fondos de reparto.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Vicepresidente Ejecutivo de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA)
- Materia: Restitución de cotizaciones al Fondo Revalorizador de Pensiones para personal de tropa profesional retirado.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: CAPREDENA solicita pronunciamiento sobre la procedencia de restituir al personal de planta de tropa profesional retirado, las cotizaciones efectuadas al Fondo Revalorizador de Pensiones, dado que los artículos 4° y 5° de la ley N° 20.303 no se pronuncian sobre estas.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 20.303: Artículos 4° y 5°, relativos a la devolución de imposiciones al personal de planta de tropa profesional.
- DFL N° 31 de 1953, del Ministerio de Hacienda: Art. 5° letra a), sobre descuentos para el retiro.
- DFL N° 1 de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional: Art. 216 letra a), antiguo Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, relativo al fondo de desahucio.
- DFL N° 4 de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional: Art. 11, sobre la integración del fondo de revalorización de pensiones.
- Ley N° 18.575: Art. 2°, sobre el principio de legalidad.
- Constitución Política de la República: Artículos 6° y 7°, sobre el principio de legalidad.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- *Cuesti...
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