Contraloría - Dictamen N° 40223 2014
Retiro temporal, reincorporación, facultad Director
Abstracto
Dictamen 40223 de 2014. Se pronuncia sobre la legalidad del cese de un exfuncionario de Carabineros acogido a retiro temporal. Indica que la reincorporación es una facultad del General Director según la ley 18.961, artículos 10 y 14.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Diego Alberto Rivera Pincheira, exfuncionario de Carabineros de Chile.
- Materia: Legalidad del cese de funciones y solicitud de reincorporación.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre la legalidad del cese del recurrente, según Carabineros ajustado a la normativa.
- Hechos relevantes: El recurrente fue llamado a retiro temporal mediante decreto N° 1.225, de 2011, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por violaciones manifiestas a los principios morales y disciplinarios (artículo 65, letra b), del decreto N° 5.193, de 1959).
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 18.961, artículos 10 y 14.
- Reglamentos: Decreto N° 5.193, de 1959, del ex Ministerio del Interior, artículo 65, letra b).
- Código Civil: art/3
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el cese del recurrente se ajustó a derecho y si procede su reincorporación a Carabineros de Chile.
- Argumentación CGR: El retiro temporal no es una medida disciplinaria, sino una potestad del Presidente de la República (dictámenes N°s 49.099, de 2010 y 39.687, de 2011). La sentencia judicial invocada solo produce efecto en la causa en la que se dictó (artículo 3° del Código Civil).
V. PRONU...
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