Contraloría - Dictamen N° 54269 2014
Restitución cobros indebidos máquinas juego
Abstracto
Dictamen 54269 de 2014. La CGR determina que la Municipalidad de Lo Prado debe restituir cobros indebidos por derechos aplicados a máquinas de juego, al no corresponder a un permiso, concesión o servicio municipal que justifique dicho cobro.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Juan Carlos Martínez Dinamarca
- Materia: Improcedencia del cobro de derechos municipales por máquinas de juego y solicitud de restitución de las sumas pagadas.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El recurrente solicita un pronunciamiento sobre la improcedencia del cobro de derechos municipales por cada máquina de destreza en su local y la devolución de las sumas pagadas.
- Hechos relevantes: La Municipalidad de Lo Prado cobra derechos basados en el artículo 2° de la ordenanza municipal contenida en el decreto alcaldicio N° 1.047, de 2006, sobre máquinas de destreza.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: DL 3063/79 art/23, ley 18575 art/2, ley 10336 art/1, ley 10336 art/5, ley 10336 art/6, ley 10336 art/9, ley 10336 art/16, ley 10336 art/19
- Reglamentos: POL art/6, POL art/7, POL art/98
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el cobro de derechos municipales por cada máquina de destreza es procedente y si corresponde la devolución de las sumas pagadas.
- Argumentación CGR: El cobro no se justifica ya que no se advierte un permiso, concesión o servicio municipal que lo respalde, en adición a la patente comercial. Las acciones municipales de autorización, registro, control y supervisión s...
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