Contraloría - Dictamen N° 55816 2014
Asignación a suplente según evaluación
Abstracto
Dictamen 55816 de 2014. Señor Natan Tapia Silva. Asignación ley 19490. Miembro suplente de la Junta Calificadora Central solo puede recibir asignación según resultado de evaluación, conforme a dictámenes 35208/2000 y 667/2011.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Natan Tapia Silva, funcionario del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente
- Materia: Asignación establecida en el artículo 1° de la ley N° 19.490 para miembro suplente de la Junta Calificadora Central.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo por el no pago de diferencias en la asignación del artículo 1° de la ley N° 19.490, considerando la evaluación del período 2012-2013, cuando el recurrente fue integrante titular de la Junta Calificadora Central.
- Hechos relevantes: El recurrente participó en la Junta Calificadora Central como miembro suplente durante el período reclamado.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 19.490: Artículo 1°, letras b) y e), que regulan la asignación por evaluación y la opción para miembros de Juntas Calificadoras Centrales.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si un miembro suplente de la Junta Calificadora Central tiene derecho a la asignación del artículo 1° de la ley N° 19.490 considerando su evaluación.
- Argumentación CGR: La asignación se concede al personal según su evaluación (lista 1 o 2). La opción de percibir un 2% o someterse a evaluación solo corresponde a los integrantes titulares de la Junta Calificadora Central.
- *Jurisprudencia administ...
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