Contraloría - Dictamen N° 59311 2014
Fuero maternal en contratas reemplazo
Abstracto
El Dictamen N° 59311 de 2014 de la CGR, a solicitud de exfuncionaria de JUNJI, establece que las contratas de reemplazo equivalen a suplencias para efectos del fuero maternal. El fuero maternal cesa cuando el titular del cargo se reintegra a sus funciones.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Flavia Fernández Ahumada
- Materia: Fuero maternal en contratas de reemplazo en la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI).
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo de doña Flavia Fernández Ahumada por su desvinculación de JUNJI mientras se encontraba embarazada. JUNJI argumenta que la peticionaria no presentó el certificado médico pertinente.
- Hechos relevantes: La señora Fernández Ahumada laboró en JUNJI en reemplazo de empleadas.
III. MARCO NORMATIVO
No se explicita normativa, pero se entiende aplicable la relativa al fuero maternal y a la legislación laboral en general.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el fuero maternal es aplicable a las contratas de reemplazo y hasta cuándo se extiende dicha protección.
- Argumentación CGR: La CGR indica que, para efectos del fuero maternal, la contrata de reemplazo equivale a una suplencia. El fuero maternal en suplencias termina cuando el titular debe asumir el empleo.
- Jurisprudencia administrativa: Se citan los dictámenes N° 24.490 de 2014, N° 9.127 y N° 43.727, ambos de 2013, de la CGR.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: El término de tareas de la recurrente se ajustó a derecho.
- Criterios establecidos: ...
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