Contraloría - Dictamen N° 70759 2014
Tiempo municipal computable para trienios
Abstracto
Dictamen 70759 de 2014. Tiempo servido como profesional funcionario en Municipalidades de Máfil y Mariquina es útil para el pago de trienios, según Ley 19664 art. 31 y Ley 19378 art. 2. Se instruye regularizar trámites administrativos pendientes.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Señora Ghislaine Hauser Vargas, profesional funcionaria del Servicio de Salud Metropolitano Norte.
- Materia: Cómputo del tiempo servido en las Municipalidades de Máfil y Mariquina para el pago de la asignación de antigüedad (trienios).
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de reconocimiento del tiempo trabajado en las Municipalidades de Máfil y Mariquina para el cálculo de la asignación de antigüedad, regulada en el artículo 31 de la ley N° 19.664.
- Hechos relevantes: La recurrente se desempeñó como profesional funcionaria en las Municipalidades de Máfil y Mariquina.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 19.664: Artículo 31, inciso primero, sobre asignación de antigüedad para profesionales funcionarios.
- Ley N° 19.378: Artículo 2°, que incluye a los establecimientos de atención primaria de salud municipal y corporaciones de salud municipal.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el tiempo servido como profesional funcionario en las Municipalidades de Máfil y Mariquina es computable para el pago de la asignación de antigüedad (trienios) en el Servicio de Salud Metropolitano Norte.
- Argumentación CGR: El artículo 31 de la ley N° 19.664 establece el pago de la asignación de ant...
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