Contraloría - Dictamen N° 78184 2014
Cómputo plazo asignación gestión MINMA
Abstracto
Dictamen 78184 de 2014. El plazo de seis meses para la asignación de gestión del DFL 3/2010, MINSEPRE y Dto. 26/2011, MINMA, debe ser continuo. Los servicios deben prestarse desde el 1 de julio del año anterior al pago.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Superintendente del Medio Ambiente
- Materia: Cómputo del plazo para el pago de la asignación de gestión.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre la forma de computar el plazo establecido en el artículo 8°, inciso 3°, del decreto N° 26, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, para el pago de la asignación de gestión.
- Hechos relevantes: Duda sobre si los servidores que comenzaron a desempeñarse el 1 de julio de 2013 serían beneficiarios del "incremento por desempeño colectivo".
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Decreto con fuerza de ley N° 3, de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, artículos 10, 13 y 15.
- Reglamentos: Decreto N° 26, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, artículo 8°, inciso 3°.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar la forma en que ha de computarse el plazo establecido en el inciso tercero del artículo 8° del decreto N° 26, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente.
- Argumentación CGR: El plazo establecido en el inciso segundo del artículo 15 del decreto con fuerza de ley N° 3, de 2010, y el inciso tercero del artículo 8° del decreto N° 26, de 2011, debe ser contabilizado en forma completa y continua.
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