Contraloría - Dictamen N° 81869 2014
Improcedencia reliquidar pensión exonerado político
Abstracto
Dictamen 81869 de 2014. A solicitud de María Guajardo, CGR determina que no procede reliquidar pensión no contributiva de exonerado político (Orlando Hugo Arenas Galaz) al no constar percepción del estipendio que reclama, conforme a la resolución N° 3.203, de 2012, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: María Guajardo Guajardo, Coordinadora Poblacional del Senador don Alejandro García-Huidobro Sanfuentes.
- Materia: Improcedencia de reliquidar pensión no contributiva de gracia a exonerado político.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de incorporar el 25% de la participación en las utilidades (establecido en el decreto N° 307, de 1970, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social) en el cálculo de la pensión del señor Orlando Hugo Arenas Galaz.
III. MARCO NORMATIVO
- Decreto N° 307, de 1970, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
- Resolución N° 3.203, de 2012, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede la reliquidación de la pensión no contributiva, por gracia, del señor Orlando Hugo Arenas Galaz, incorporando el 25% de participación en las utilidades.
- Argumentación CGR: No resulta posible la inclusión del 25% de participación en las utilidades, dado que en los documentos examinados no aparece consignada cifra alguna que refleje el monto del citado estipendio de manera independiente de los otros rubros remuneratorios.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: No procede modificar el beneficio no contribut...
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